Farm Comunitarios. 2018 May 24;10(Suplemento 1):143

Receta médica oficial en Baleares: ¿realidad o ficción?

Moranta Ribas FX1, Oliver Oliver B2, Maroto Yagüe AI3, García Aguiló E2, Alemany Reus V4
1. Farmacia Sanz Guillén. 2. Farmacia Oliver Oliver. 3. Farmacia Sitjar. 4. Farmacia Alemany.
Moranta FX, Oliver B, Maroto AI, García E, Alemany V. Receta médica oficial en Baleares: ¿realidad o ficción?. Farm Comunitarios. 2018 May 24;10(Suplemento 1):143
Resumen: 

INTRODUCCIÓN: las recetas médicas oficiales legalmente en vigor para todo el territorio nacional, según el Real Decreto 1718/2010, son el único documento de comunicación admitido legalmente entre el médico prescriptor y el farmacéutico dispensador. En Illes Balears hemos percibido que en el caso de medicamentos que necesitan obligatoriamente la receta para poder ser dispensados y que son prescritos por facultativos de la medicina privada o de los servicios de salud autonómicos, la utilización de la receta oficial legalmente admitida es irregular, en perjuicio del paciente que no recibe una información adecuada sobre su tratamiento, dando lugar a lo que hemos denominado como prescripción irregular.

OBJETIVOS: evaluar y analizar los diferentes documentos utilizados para indicar o prescribir medicamentos de forma irregular en Illes Balears.

MÉTODO: se registraron durante 30 días todas las prescripciones de los medicamentos sujetos a la dispensación exclusiva mediante receta médica oficial del ámbito privado o público, exceptuando todas las que se presentaron en formato oficial del Ib-Salut o de mutualidades oficiales (ISFAS, MUFACE, MUGEJU, etc.…). Los datos se registraron en una hoja de recogida de datos (HRD) que incluía: tipo de medicamento, datos obligatorios, procedencia del documento, nivel asistencial y ámbito de prescripción. La HRD se pasó a una plantilla de documento Google para posterior análisis de los datos.

RESULTADOS: 24 farmacéuticos de 14 farmacias registraron 1.996 prescripciones, de las cuales 1.372 presentaron alguna irregularidad (69,7%). En cuanto al tipo de documento, 1.114 (55,8%) fueron prescripciones médicas en formato no oficial, 624 (31,3%) en formato oficial, 122 (6,1%) en un formato indefinido, 85 (4,3%) en informe de urgencias y 51 (2,6%) en informe de alta. Se contabilizaron 2.041 medicamentos, de los cuales 4 (0,2%) fueron estupefacientes, 8 (0,4%) de especial control médico, 242 (12,1%). De los medicamentos de obligado registro en el libro recetario (252), 173 (68,11%) pertenecían a alguna prescripción irregular. De lo 8 ítems considerados obligatorios en la cumplimentación de las recetas, 3 correspondían a datos médicos, 2 al paciente y 3 al tratamiento. Los primeros con un elevado grado de cumplimiento: nombre del médico (94,1%), número de colegiado (93,5%) y firma del médico (92,9%). Los segundos con uno pobre: nombre del paciente (64,5%) y DNI (31,4%). Los terceros, con bajo: posología (77,3%), duración de tratamiento (63,6%) y fecha de prescripción (79,3%). Atendiendo a la cumplimentación de estos datos obligatorios las recetas consideradas oficiales tienen un alto grado de cumplimiento de los datos cercano al 95%, que baja al 65% en formato no oficial y al 30% en las de formato indefinido.

CONCLUSIONES: alrededor del 70% de las prescripciones en formato papel son irregulares; el 86% tiene en su origen la medicina privada. Las recetas oficiales presentan un elevado grado de cumplimentación de los datos obligatorios.

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