JUSTIFICACIÓN: el farmacéutico comunitario (FC) debe responsabilizarse de las necesidades farmacoterapéuticas de aquellos pacientes no hospitalizados, es decir, que residen en su vivienda habitual. La atención farmacéutica domiciliaria (AFD) pretende dar respuesta a la necesaria continuidad de los servicios profesionales farmacéuticos y asistenciales (SPFA) cuando el paciente, por razones sanitarias, no puede desplazarse a la farmacia. Debido al confinamiento establecido por el estado de alarma, durante la pandemia de la COVID-19, la administración sanitaria ha autorizado y habilitado el mecanismo para la dispensación de medicamentos a domicilio y el FC ha podido, además del SPFA que supone dicha dispensación, realizar otras actuaciones asistenciales incluidas en la AF como son la resolución de consultas farmacéuticas, indicación farmacéutica, entrega de sistemas personalizados de dosificación (SPD) o educación sanitaria. Para dejar constancia de la actividad asistencial domiciliaria realizada desde la farmacia SEFAC ha habilitado un registro de AFD.
OBJETIVO: demostrar la necesidad de un servicio de AFD, realizado desde la farmacia comunitaria para la mejora de los servicios sanitarios de atención primaria y la continuidad asistencial, especialmente en situaciones de emergencia sanitaria.
MATERIAL Y MÉTODOS: documento de SEFAC para registro en AFD en la plataforma SEFAC e_XPERT; documento de registro del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Sevilla para la dispensación a domicilio; recogida de datos sobre la actividad asistencial e intervenciones farmacéuticas realizadas desde la farmacia a los pacientes adheridos al servicio de AFD de esta farmacia, desde el comienzo del estado de alarma de la pandemia de la COVID-19 (17 de marzo a 24 junio de 2020).
Resultados: 43 registros; edad media de los pacientes asistidos: 76 años; el 16 % vive solo sin cuidador; el 91 % de los pacientes es vulnerable a la COVID, aunque solo el 3 % era COVID positivo en el momento del servicio y el 11 % estaba aislado por riesgo sanitario. El 70 % demandó el servicio por situación de urgencia o necesidad. En todos los casos se realizó, al menos, una intervención farmacéutica: información personalizada de medicamentos (70 %), educación sanitaria (79 %), SPD (9,3 %), derivación sanitaria (9,3 %). En el 21 % de los casos únicamente se atendió una consulta telefónica, sin costo para el paciente.
CONCLUSIONES: el servicio de AFD, realizado desde la farmacia comunitaria, permite la continuidad asistencial, así como cubrir necesidades farmacoterapéuticas y la prevención de enfermedades en personas vulnerables con dificultades para moverse de su domicilio. Las intervenciones farmacéuticas domiciliarias son una ayuda fundamental a los servicios sanitarios de atención primaria.